
Blindaje salarial en el Golfo San Jorge y Cuenca Austral
Petroleros de Chubut y Santa Cruz firman recomposición del 16% con revisión en noviembre.
Los gremios del convencional acordaron con las cámaras empresariales un incremento del 16% no remunerativo para el período abril 2026 - marzo 2027. Se pagará en tramos con pase a básico, suma fija de $250.000 en julio y una cláusula de revisión clave para fin de año.
Comodoro Rivadavia / Río Gallegos – 24 de Julio de 2026 — En un movimiento estratégico destinado a sostener el poder adquisitivo ante la dinámica inflacionaria y la volatilidad macroeconómica, los sindicatos petroleros de Chubut y Santa Cruz sellaron un acuerdo paritario con las cámaras empresariales del sector. El entendimiento establece una recomposición salarial total del 16% para el período que abarca de abril de 2026 a marzo de 2027, e incorpora un esquema de pago escalonado y una instancia de revisión fijada para la segunda quincena de noviembre.
El entendimiento fue rubricado tras semanas de intensas negociaciones en la Ciudad de Buenos Aires. Desde Santa Cruz, el Sindicato Petrolero, Gas Privado y Energías Renovables (SIPGER), conducido por Rafael Güenchenen, destacó que el pacto busca resguardar los ingresos del personal de yacimientos en un escenario económico complejo. Por su parte, el Sindicato del Petróleo y Gas Privado de Chubut, encabezado por Jorge “Loma” Ávila, subrayó que la paritaria otorga "previsibilidad, acompañamiento constante y certeza para el bolsillo de cada trabajador".
El esquema de aumentos y pase a básico
La recomposición se estructurará mediante asignaciones extraordinarias no remunerativas que posteriormente se irán incorporando al salario básico de los operarios de forma progresiva:
- Julio – Septiembre 2026: Cobro de un 6% no remunerativo. Este porcentaje pasará a integrarse de forma remunerativa a partir de octubre.
- Agosto – Septiembre 2026: Se sumará un 4% no remunerativo adicional, alcanzando un acumulado del 10%, que también se consolidará como remunerativo desde octubre.
- Octubre – Diciembre 2026: Asignación de un 3% no remunerativo, con incorporación definitiva al haber básico en enero de 2027.
- Enero – Marzo 2027: Tramo final de un 3% no remunerativo, que pasará a ser remunerativo en abril de 2027, completando la pauta del 16%.
Adicionales, impacto en bonificaciones y reclamo por Ganancias
El acuerdo rubricado en Chubut sumó precisiones operativas clave para el cobro de los haberes. En primer lugar, se ratificó que con la liquidación de julio se abonará la suma fija de 250.000 pesos pendiente de la negociación anterior.
Asimismo, se garantizó que la totalidad de las gratificaciones extraordinarias impactará en el cálculo de los principales adicionales convencionales y no convencionales, tales como:
- Viandas y ayuda alimentaria.
- Sueldo Anual Complementario (aguinaldo).
- Liquidación de vacaciones.
En paralelo, la representación sindical de Chubut formalizó ante la Secretaría de Trabajo una solicitud para eximir a estas sumas extraordinarias del alcance del Impuesto a las Ganancias, buscando evitar la erosión del beneficio en de los salarios de mayor escala.
Cláusula de revisión: el "candado" de noviembre
Conscientes de la variabilidad de la pauta inflacionaria, la dirigencia sindical y los representantes de las operadoras dejaron asentada una cláusula de monitoreo permanente.
Ambas partes se volverán a reunir en la segunda quincena de noviembre para evaluar la trayectoria de los índices de precios al consumidor (IPC) y la situación operativa de las cuencas. De registrarse un desfasaje frente al 16% acordado, las partes se comprometieron a negociar los reajustes necesarios para preservar el salario real de la industria hidrocarburífera en el sur del país.
Resumen de Acuerdo Paritario Petrolero (Chubut y Santa Cruz)
Período: Abril 2026 - Marzo 2027
| Concepto | Detalle |
|---|---|
| Incremento Total | 16% de recomposición salarial. |
| Modalidad | Sumas extraordinarias no remunerativas que luego se incorporan al sueldo básico. |
| Cláusula de Revisión | Segunda quincena de Noviembre. Reunión para analizar la inflación y variables económicas. |
Cronograma de Aumentos Escalonados
| Período de Cobro (No Remunerativo) | Porcentaje Aplicado | Porcentaje Acumulado | Mes de Incorporación al Básico (Remunerativo) |
|---|---|---|---|
| Julio - Septiembre 2026 | 6% | 6% | Octubre 2026 |
| Agosto - Septiembre 2026 | +4% | 10% | Octubre 2026 |
| Octubre - Diciembre 2026 | 3% | 13% | Enero 2027 |
| Enero - Marzo 2027 | 3% | 16% | Abril 2027 |
Puntos Adicionales y Beneficios
- Suma Fija: Pago de $250.000 en Julio (pendiente de la negociación anterior).
- Impacto de Gratificaciones: Las sumas extraordinarias impactarán en el cálculo de:
- Aguinaldo (SAC).
- Vacaciones.
- Viandas y ayuda alimentaria.
- Conceptos convencionales y no convencionales.
- Impuesto a las Ganancias: Se solicitó formalmente la exención del impuesto sobre las gratificaciones extraordinarias.
Fuente: VMO