
La definición que espera el mercado
¿Dónde se invertirá el dinero? Fin de las indemnizaciones tradicionales.
El corazón del problema radica en que el Palacio de Hacienda todavía debe fijar los límites de inversión para las carteras financieras que administrarán estos fondos corporativos. Desde el entorno de Luis Caputo explicaron que la intención oficial apunta a estructurar carteras con la máxima liquidez posible. Esto busca evitar descalces financieros ante la eventualidad de contingencias laborales masivas dentro de una firma.
La liquidez inmediata es indispensable en este esquema por una razón operativa muy simple: si una compañía debe afrontar un despido, necesita disponer de los recursos al instante. El equipo técnico de Economía busca resguardar estos activos de las fluctuaciones de precios que suelen sufrir los bonos o las acciones locales de baja rotación.
El reclamo de las ALyCs: Esta falta de precisiones frena también la normativa secundaria que debe dictar la Comisión Nacional de Valores (CNV), conducida por Roberto Silva. La CNV necesita este marco legal para avanzar en el diseño de las regulaciones complementarias, las cuales deberán clarificar los trámites de aprobación de cada fondo común de inversión o fideicomiso, detallar los activos locales permitidos y fijar los criterios de exclusión.
Además, el mercado financiero ya conoce dos restricciones severas para el manejo de estos instrumentos:
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Tope de comisión: Las entidades administradoras tendrán un límite estricto de comisión fijado en el 1% anual sobre los activos.
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Prohibición de activos externos: Queda taxativamente prohibido adquirir activos financieros del exterior o asumir riesgos innecesarios fuera del mercado argentino. De este modo, se garantiza que el ahorro destinado a las indemnizaciones sirva también como motor de financiamiento doméstico.
⚙️ Paso a paso: Así funcionará el circuito digital de ARCA
El Decreto 408/2026 dejó delineado el engranaje definitivo para la transición del sector privado hacia este modelo de capitalización individual. El circuito se gestionará de manera digital bajo las siguientes reglas:
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Exclusividad por antigüedad: El sistema aplicará únicamente a los empleados registrados de empresas privadas que cuenten con un mínimo de doce meses de actividad continua previa a su desvinculación. Por lo tanto, los trabajadores informales y todo el sector público quedan marginados del beneficio.
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Cuentas individuales "ID FAL": Cada empleador tendrá la obligación de abrir una cuenta bajo un identificador denominado "ID FAL" en una entidad habilitada por la CNV. Allí se derivarán los aportes mensuales obligatorios.
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Centralización a través de ARCA: La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) será la encargada de centralizar y transferir las contribuciones mensuales. Para ello, cruzará los datos de la declaración unificada de la seguridad social. En caso de que una empresa incumpla con la designación de la entidad, la CNV asignará un fondo de oficio.
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Plazos de cobro rápidos y beneficio impositivo: Al concretarse un despido, la empresa deberá presentar una declaración jurada electrónica. A partir de ese momento, la entidad financiera dispondrá de un plazo máximo de cinco días hábiles para transferir el dinero al trabajador. Como incentivo para dotar de volumen al sistema, estas cuentas especiales no pagarán el impuesto a los créditos y débitos bancarios.
Fuente: VMO